Decreto de Incardinación | Exp. N⁰ 028/2026

  DIÓCESIS DEL CARMEN
DECRETO N.º 028/2026
S.E. FRANCISCO GOMÉZ
POR GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA
OBISPO DIOCESANO DEL CARMEN

DECRETO DE INCARDINACIÓN

A quienes lean estas nuestras letras : ¡Saludo y Bendición en el Señor!

Exp. N⁰ 028/2026

CONSIDERANDO que se han cumplido los requisitos canónicos necesarios para su válida incardinación y su deseo de pertenecer a esta diócesis con el propósito de seguir progresando en su ministerio y servir dentro de esta iglesia particular;

CONSIDERANDO que, conforme al canon 265 del Código de Derecho Canónico, todo clérigo debe estar válidamente incardinado en una Iglesia particular o en un Instituto reconocido por la autoridad competente;

DECRETAMOS:

Art. 1⁰ -  Es concedida la incardinación del D. Jorge Ramos en la Diócesis del Carmen a partir de la fecha de emisión de este decreto, quedando bajo la autoridad del Obispo Diocesano y las autoridades competentes.

Art. 2⁰ -  Es deber del D. Jorge Ramos cumplir con todas las obligaciones y encomiendas que se le otorguen y asignen correspondientes a su estado clerical, además de demostrar una conducta y disciplina de acuerdo a su ministerio.

Art. 3° - El diacono antes mencionado deberá hacer personal y formalmente, ante nuestra autoridad o un delegado, la profesión de fe y el juramento de fidelidad en un plazo de 5 días desde la emisión de este decreto.

Art. 4° - El presente decreto entra en vigor desde la fecha de su publicación, y deberá ser debidamente notificado y registrado en los archivos de la cancillería Diocesana.

Dado en la Ciudad del Carmen,
el día 2o del mes de Mayo del Año del Señor 2026, bajo nuestro sello y firma:

Francisco Gómez

S.E. Mons. Francisco Gómez
VI Obispo Diocesano del Carmen


Ángel Romo

Canciller Diocesano, quien lo subscribe








 

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