DIÓCESIS DEL CARMEN
Protocolo N.º 03/2026
MONS. ELIAS TAPIA O. de M.
POR GRACIA DE DIOS Y VOLUNTAD DE LA SEDE APOSTÓLICA
NUNCIO APOSTÓLICO EN HISPANOAMÉRICA
Y
ADMINISTRADOR APOSTÓLICO DE LA DIÓCESIS DEL CARMEN
POR GRACIA DE DIOS Y VOLUNTAD DE LA SEDE APOSTÓLICA
NUNCIO APOSTÓLICO EN HISPANOAMÉRICA
Y
ADMINISTRADOR APOSTÓLICO DE LA DIÓCESIS DEL CARMEN
A los clérigos y fieles de la Diocesis del Carmen, y a la Comunidad Católica en Minecraft,
paz y bien en Cristo, Camino, Verdad y Vida.
ERECCIÓN CANÓNICA
DE LA CAPILLA “NUESTRA SEÑORA DE LOURDES”
DE LA CAPILLA “NUESTRA SEÑORA DE LOURDES”
CONSIDERANDO
– que es deber del Pastor velar para que el Pueblo de Dios tenga acceso cercano y digno a los medios de santificación, especialmente a la celebración de la Sagrada Eucaristía y a la vida sacramental;
– que, atendiendo a las necesidades pastorales de los fieles y al crecimiento de la vida devocional mariana en determinados sectores de la diócesis, resulta conveniente erigir un nuevo lugar de culto estable;
– que la devoción a la Santísima Virgen María bajo la advocación de Nuestra Señora de Lourdes ha sido fuente constante de consuelo espiritual, conversión y esperanza para el pueblo cristiano;
– que, dada la actual organización pastoral de la diócesis, se estima oportuno que dicha capilla dependa canónicamente del Santuario Nuestra Señora de Guadalupe, garantizando así una adecuada atención pastoral y administrativa;
– que se cuenta con ministros ordenados idóneos para asumir responsablemente el cuidado espiritual de los fieles que allí concurran,
DECRETAMOS
– que se cuenta con ministros ordenados idóneos para asumir responsablemente el cuidado espiritual de los fieles que allí concurran,
DECRETAMOS
Art I. Erigir canónicamente, a partir de la fecha de promulgación del presente decreto, la Capilla “Nuestra Señora de Lourdes”, como capilla dependiente del Santuario Nuestra Señora de Guadalupe, dentro del territorio de la Diócesis del Carmen.
Art II. Establecer que dicha capilla quede bajo la jurisdicción pastoral, administrativa y litúrgica del Santuario Nuestra Señora de Guadalupe, conforme a las normas del derecho y a las disposiciones de esta Administración Apostólica.
Art III. Nombrar como responsable pastoral de la Capilla Nuestra Señora de Lourdes alPbro. Ángel Romo.
Art III.I. Quien ejercerá este ministerio en su calidad de Rector del Santuario Nuestra Señora de Guadalupe, velando por la correcta celebración del culto divino y la atención espiritual de los fieles.
Art IV. Asignar como diácono colaborador en dicha capilla al Diac. Rudy Melendrez.Art IV.I. Quien prestará su servicio conforme a las facultades propias de su orden y bajo la autoridad del responsable pastoral.
Art V. La Capilla Nuestra Señora de Lourdes deberá regirse, en cuanto a su vida litúrgica y pastoral, por las normas diocesanas vigentes y por las indicaciones del Rector del Santuario del cual depende.
Art VI. El presente decreto entra en vigor desde su promulgación y se mantendrá válido hasta nueva disposición de esta Administración Apostólica o del futuro Obispo diocesano.
Confiamos esta nueva capilla a la intercesión de la Santísima Virgen María, Nuestra Señora de Lourdes, para que sea lugar de oración, sanación espiritual y crecimiento en la fe para todos los fieles.
Dado en la sede de la Curia Diocesana,Ciudad del Carmen, Colombia,
Art II. Establecer que dicha capilla quede bajo la jurisdicción pastoral, administrativa y litúrgica del Santuario Nuestra Señora de Guadalupe, conforme a las normas del derecho y a las disposiciones de esta Administración Apostólica.
Art III. Nombrar como responsable pastoral de la Capilla Nuestra Señora de Lourdes al
Art IV. Asignar como diácono colaborador en dicha capilla al Diac. Rudy Melendrez.
Art VI. El presente decreto entra en vigor desde su promulgación y se mantendrá válido hasta nueva disposición de esta Administración Apostólica o del futuro Obispo diocesano.
Confiamos esta nueva capilla a la intercesión de la Santísima Virgen María, Nuestra Señora de Lourdes, para que sea lugar de oración, sanación espiritual y crecimiento en la fe para todos los fieles.
Dado en la sede de la Curia Diocesana,
Ciudad del Carmen, Colombia,

